Aprobar el CCSE es solo una pieza del puzle. Para solicitar la nacionalidad española por residencia necesitas reunir un expediente con varios documentos. Esta es una visión general para que sepas qué te van a pedir y no te pille por sorpresa.
1. Años de residencia legal según tu caso
El requisito previo es haber residido en España de forma legal y continuada durante un tiempo que depende de tu situación:
| Plazo | ¿A quién aplica? |
|---|---|
| 10 años | Plazo general (la mayoría de los casos) |
| 5 años | Personas con condición de refugiado |
| 2 años | Nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal y sefardíes |
| 1 año | Nacidos en España, casados con persona española (tras un año de convivencia), viudos de español/a, e hijos o nietos de españoles, entre otros |
2. Los exámenes: CCSE y DELE A2
Necesitas el certificado de APTO del CCSE. Y, si tu lengua materna no es el español, también el DELE A2 (o superior). Si eres hispanohablante, estás exento del DELE pero no del CCSE. Lo explicamos en detalle en «CCSE vs DELE A2».
3. Documentos habituales del expediente
- Pasaporte completo y en vigor.
- TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero) o certificado de registro de ciudadano de la UE.
- Certificado de nacimiento del país de origen, legalizado o apostillado y traducido al español.
- Certificado de antecedentes penales del país de origen, legalizado o apostillado y traducido.
- Certificado de antecedentes penales en España.
- Certificado de empadronamiento actual.
- Certificados de los exámenes: CCSE (y DELE A2 si procede).
- Justificante del pago de la tasa (modelo correspondiente).
4. Tasa y solicitud
La solicitud se presenta de forma telemática ante el Ministerio de Justicia, previo pago de la tasa de 104,05 €. Una vez presentada, puedes seguir el estado del expediente por internet hasta que se resuelva.